Colaboracion con residencias y centros de dia

1- La colaboración con centros de día  consistirá en prestar nuestros servicios a determinados centros de día cuando éstos soliciten nuestros servicios, para así completar los servicios que éstos realicen normalmente, debido a que en un momento dado necesiten más personal, o para completar un horario determinado.

La prestación de dichos trabajos sociales, se llevará a cabo en el centro en cuestión que haya solicitado nuestros servicios.

Dicho servicio tendrá la duración que, previamente, se haya contratado con el cliente, y al cual se le añadirá el tiempo proporcional que corresponda a la realización del desplazamiento hasta dicho domicilio, en el caso de que dicha residencia se encuentre fuera del término municipal en cuestion.

Dicha prestación se realizará en el horario convenido, previamente, con nuestro cliente.

 

 

2- La colaboración con residencias de ancianos consistirá en prestar nuestros servicios a determinadas residencias, sean del tipo que sean: concertadas, semiconcertadas, públicas o privadas, cuando éstas soliciten nuestros servicios, para así completar los servicios que éstas realicen normalmente, debido a que en un momento dado necesiten más personal, o para completar un horario determinado.

La prestación de dichos trabajos sociales, se llevará a cabo en la residencia que haya solicitado nuestros servicios.

Dicho servicio tendrá la duración que, previamente, se haya contratado con el cliente, y al cual se le añadirá el tiempo proporcional que corresponda a la realización del desplazamiento hasta dicho domicilio, en el caso de que dicha residencia se encuentre fuera del término municipal en cuestión.

Dicha prestación se realizará en el horario convenido, anteriormente, con nuestro cliente.