La colaboracion con cooperativas de trabajo a domicilio de caracter asistencial
1- La colaboración con cooperativas de trabajo a domicilio de carácter asistencial consistirá en prestar nuestros servicios a determinadas cooperativas de este tipo, las cuales soliciten nuestros servicios, para así completar los servicios que éstas realicen normalmente, debido a que en un momento dado necesiten más personal, o para completar un horario determinado.
La prestación de dichos trabajos sociales, se llevará a cabo en el domicilio de la cooperativa en cuestión que haya requerido nuestros servicios, o en el domicilio particular de la persona o personas que necesiten de estos servicios.
Dicho servicio tendrá la duración que, previamente, se haya contratado con el cliente, y al cual se le añadirá el tiempo proporcional que corresponda a la realización del desplazamiento hasta dicho domicilio, en el caso de que dicha residencia se encuentre fuera del término municipal en cuestión.
Dicha prestación se realizará en el horario convenido, previamente, con nuestro cliente.